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Nueva Obligación de Presentar la Forma 5472 para LLCs que Tengan un Sólo Socio Extranjero

Nueva Obligación de Presentar la Forma 5472 para LLCs que Tengan un Sólo Socio Extranjero

Nueva Obligación de Presentar la Forma 5472 para LLCs que Tengan un Sólo Socio Extranjero

Por. Pedro E. Corona & Luis A. Zendejas

El 13 de diciembre de 2016, fueron emitidos nuevos reglamentos para las Secciones 6038A y 7701 del IRC.  Estos nuevos reglamentos son aplicables a partir del ejercicio 2017,  y dan el tratamiento de corporación de los EUA aquellas LLCs que tienen un sólo socio que no es residente fiscal de los EUA, por lo que dichas LLCs deben presentar la Forma 5472.

1. ¿En qué consiste la nueva obligación para LLCs? Una LLC que sea ignorada (disregarded) para efectos fiscales de los EUA, cuyo único socio sea una persona extranjera (que no sea residente fiscal de los EUA), tiene que presentar la Forma 5472.* Por ejemplo, una persona o empresa mexicana que sea el único socio de una LLC de los EUA, puede generar esta obligación.

2. Generalidades de la Forma 5472. La Forma 5472, es una declaración informativa sobre operaciones entre partes relacionadas. En este caso, entre las LLCs y sus socios únicos que sean no residentes para efectos fiscales de los EUA. La obligación de presentar la Forma 5472 inicia a partir del ejercicio 2017, que debe presentarse durante 2018.

3. ¿Qué operaciones se consideran “reportables”? Cualquier intercambio de dinero o propiedad entre la LLC y su socio extranjero, tales como venta, cesión, arrendamiento, licencia, préstamo, anticipo, contribución, distribución, liquidación u otra transferencia de cualquier interés o derecho a usar cualquier propiedad o dinero, así como la prestación de cualquier servicio en beneficio de, o en nombre de, otro.

4. ¿Cuándo debe presentarse la Forma 5472? La Forma 5472 debe presentarse a más tardar en la fecha límite para la declaración corporativa – Forma 1120 (e.g., 16 de abril del 2018).

5. ¿Quién puede apoyarme a preparar la Forma 5472? Su contador de los EUA puede apoyarle a determinar si tiene la obligación de presentar la Forma 5472, así como a preparar la declaración respectiva. Generalmente, Procopio no prepara ni presenta declaraciones fiscales o informativas. Sin embargo, nuestro equipo puede apoyarlo a determinar si esta obligación le resulta aplicable y la mejor manera de solventarla.

6. ¿Qué información será necesaria para preparar la Forma 5472? En principio, será muy útil contar con los estados financieros de la LLC (i.e., Estado de Resultados y Balance General). Asimismo, se debe indicar el monto de los pagos recibidos por la LLC de una parte relacionada, así como los pagos recibidos por el socio extranjero de parte de la LLC. Estos pagos podrían incluir venta de inventario, dividendos, comisiones, intereses e incluso aportaciones de capital.


* Form 5472, “Information Return of a 25% Foreign-Owned U.S. Corporation or a Foreign Corporation Engaged in a U.S. Trade or Business”

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Pedro E. Corona de la Fuente

Partner
Originario de Mexicali, Pedro E. Corona de la Fuente es abogado autorizado para ejercer en México y en California, y es socio del grupo Fiscal Internacional de Procopio. Su práctica se centra en impuestos internacionales, con un énfasis en estructuras de inversión en los Estados Unidos, así como planeación fiscal en base a tratados internacionales, retención de impuestos y cumplimiento de obligaciones informativas sobre operaciones internacionales. Dentro de su práctica asiste a personas físicas y empresas en operaciones internacionales relacionadas con los EUA, México y otros países en Latinoamérica. Asimismo, apoya a familias multinacionales con lazos con Estados Unidos para proteger sus activos y la transferencia de su patrimonio para las generaciones futuras, incluyendo en el cumplimiento de las obligaciones fiscales en materia de impuestos sobre sucesiones y donaciones de los EUA.
Originario de Mexicali, Pedro E. Corona de la Fuente es abogado autorizado para ejercer en México y en California, y es socio del grupo Fiscal Internacional de Procopio. Su práctica se centra en impuestos internacionales, con un énfasis en estructuras de inversión en los Estados Unidos, así como planeación fiscal en base a tratados internacionales, retención de impuestos y cumplimiento de obligaciones informativas sobre operaciones internacionales. Dentro de su práctica asiste a personas físicas y empresas en operaciones internacionales relacionadas con los EUA, México y otros países en Latinoamérica. Asimismo, apoya a familias multinacionales con lazos con Estados Unidos para proteger sus activos y la transferencia de su patrimonio para las generaciones futuras, incluyendo en el cumplimiento de las obligaciones fiscales en materia de impuestos sobre sucesiones y donaciones de los EUA.

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